¿Qué pasos debo seguir para obtener el certificado de eficiencia energética para mi vivienda?

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Si bien el 1 de junio daba inicio la obligatoriedad del certificado de eficiencia energética para vender o alquilar una vivienda, la polémica acerca del mismo y de su obtención persiste. La incertidumbre que ha generado, en cuanto al proceso y a los distintos actores implpicados en este, ha propiciado que desde el Colegio de Aparejadores de Madrid se elabore un documento-resumen, casi a modo de mapa de ruta, para delimitar los pasos más significativos para la consecución del mismo. Los recogemos a continuación:

  1. Identificar a un técnico competente. Son los aparejadores o los arquitectos técnicos, así como los arquitectos e ingenieros industriales, algunas de las profesionales habilitadas para emitir este documento. Como la oferta ha aflorado a un ritmo vertiginoso, desde el Colegio de Aparejadores de Madrid recomiendan cerciorarse de que el técnico escogido para realizar la certificación energética de nuestra vivienda figura en el resgistro de profesionales habilitados que cada Comunidad Autónoma debe tener.
  2. Solicitar presupuesto. Como el precio del certificado es libre, se recomienda solicitar varios presupuestos e, incluso, concertar una visita con el técnico previa para que este conozca las características de la vivienda y así ajustar el presupuesto, puesto que ya se han observado ofertas dudosas que garantizan a priori una certificación abusiva o, incluso, técnicos que los elaboran de manera gratuita a cambio de emprender las reformas que en el certificado se establece que necesita la vivienda.
  3. Registro del certificado. Una vez concertado el técnico y emitido el certificado, toca dar cuenta del mismo a la Comunidad Autónoma, que es a la que el Gobierno Central ha transferido la competencia. Habrá que registrar el certificado en el organismo competente y abonar las tasas correspondientes, que también varían porque no hay ninguna pauta fijada. De hecho, hay varias CCAA en las que este registro es gratuito, como en Andalucía. A continuación, la Administración revisará el certificado para comprobar que esta valoración es correcta y que la vivienda cuenta con la calificación adecuada. Solo entonces adquirirá validez el certificado.
  4. Recepción del número de registro. Cuando la Administración supervise esta certificación, le asignará un número de registro, que hará llegar en aproximadamente dos días hábiles (el plazo varía en función de la CCAA) al propietario, plasmado en la etiqueta de eficiencia energética.  Esta información será pública y quedará recogida en un registro público que aunará el inmueble acreditado, el número de registro y la calificación energética disponible, para que esté a disposición de los usuarios que quieran comprobarlo. 
  5. ¡Ya está! Ahora, como propietario de la vivienda, deberás incluir la etiqueta en los anuncios para la venta o alquiler del inmueble. Recuerda que esta certificación tiene una validez de 10 años y que podrás renovarla en el momento que desees, principalmente si se realiza algún tipo de reforma en la vivienda que pueda hacer mejorar la calificación de la misma, haciéndola así más actractiva a posibles compradores o arrendatarios. 

 

En Ebrosa el periodo previo a la consecución de todas las certificaciones de nuestras viviendas, a punto para la fecha marcada, no quedaba exento de dudas sobre cómo afrontar la gestión del mismo. Ahora nuestro equipo técnico casi podría dar lecciones acerca de cómo acometer esta tarea.

 

Recomendamos: Guía de la Eficiencia Energética, de pisos.com

 

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