El impacto de la reforma fiscal en la vivienda

Ebrosa

Tras muchas dudas, recelos y debate, por fin el Congreso ha aprobado la reforma fiscal, que entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2015, y que comprende importantes cambios en la tributación de la vivienda. Con la luz verde por parte del Legislativo, se pone fin a las múltiples versiones que se habían generado y que habían dado lugar a gran confusión entre todos aquellos que contemplaban hacerse con una nueva vivienda próximamente. Recopilamos los principales cambios introducidos para que puedan valorarse antes de afrontar dicha decisión: La deducción por alquiler de vivienda habitualSin duda, el alquiler es uno de los puntos más afectados por la reforma fiscal, pues con ella desaparece la deducción por arrendamiento de vivienda habitual que se aplicaba a los contribuyentes con rentas inferiores a los 24.107€ anuales (hasta un máximo de 9.040€ al año). Esta sólo afectará a los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015, esto es, la medida no tendrá efectos retroactivos, si bien paulatinamente los contratos anteriores irán perdiendo las deducciones adquiridas conforme venza el plazo de renovación. Para los propietarios esta deducción no se elimina, sino que se reduce significativamente. Así, los propietarios de una vivienda mantienen el derecho a reducirse en el IRPF el 60% de los rendimientos obtenidos. Sin embargo, se elimina la exención del 100% vigente en el caso de que los inquilinos fueran menores de 30 años.  La venta de viviendaEsta quedará afectada por dos fenónemos que hasta ahora corregían la diferencia entre el precio de compra de la vivienda en su momento y el de venta actual, gravando la ganancia generada. En este sentido, hemos de contemplar dos fenómenos que se ven afectados por la reforma fiscal y que nos obligarán a echar mano de la calculadora para tomar decisiones como la venta o donación de nuestro actual inmueble para adquirir otro: Eliminación de los coeficientes de actualizaciónA través de este índice se corrige el efecto de la inflación sobre los inmuebles. Hasta ahora, el beneficio obtenido de la venta de una vivienda se veía corregido por los coeficientes de actualización que cada año se publican en los Presupuestos para determinar cuál sería el equivalente actual al precio de compra, según la evolución de la inflación, y medir el beneficio generado con respecto al precio de venta una vez puesta al día la cuantía inicial que pagábamos apra adquirir la vivienda en su momento. Sin embargo, a partir de 2015 se suprimirá esta corrección, de manera que la plusvalía que genere la venta no comprenderá actualización según la inflación.De esta forma, en una vivienda que se compró por 120.000€ en 2002 y que ahora se vende por 160.000€, el beneficio a efectos fiscales será 40.000€, sin tener en cuenta el crecimiento prolongado soportado por los precios debido a la inflación en dicho periodo. Hasta ahora se aplicaba un coeficiente corrector, de tal manera que se actualizara el valor de esos 120.000€ iniciales para después extraer el beneficio.  Coeficientes de abatimientoPor otro lado, si bien en un primer momento se había propuesto la supresión total del segundo índice, en la reforma ha terminado por contemplarse que se mantenga para viviendas cuyo valor sea inferior a 400.000€. Estos coeficientes de abatimiento permiten una reducción fiscal sobre la ganancia obtenida en la venta de una vivienda que se hubiera comprado antes de 31 de diciembre de 1994, pues la legislación contempla una rebaja adicional para la plusvalía generada desde la fecha de compra hasta el 19 de enero de 2006, de tal forma que el porcentaje de reducción de esta es del 11,12% para los bienes comprados entre 1993 y 1994 y va aumentando progresivamente hasta alcanzar el 100% de exención en los bienes adquiridos antes del 1 de diciembre de 1986.Así, a aquellos que compraron su primera vivienda antes de 1994 y que planean ponerla en venta para reinvertir en una vivienda más amplia, más grande, en una zona distinta... resultará especialmente interesante cerrar la operación de venta antes de final de año, de manera que la plusvalía generada aún pueda acogerse a estos coeficientes de actualización y abatimiento.  Recomendamos el Especial Cinco Días "¿Cuánto pagaré de IRPF si vendo mi casa antes o después de la reforma fiscal?"  Más noticias sobre actualidad inmobiliaria