¿Cómo afectan los cambios en materia de vivienda a la Declaración de la Renta 2013?

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Este 2 de abril comienza el plazo para solicitar el borrador de la Declaración de la Renta 2013, correspondiente al ejercicio de 2012, a través de la web de la Agencia Tributaria, y concluirá el próximo 1 de julio. Se podrán comprobar los datos fiscales de 2012 y obtenerlo, así como confirmarlo por vía telemática si se está de acuerdo con él, sin tener que esperar a que Hacienda se lo devuelva. 

 

Tras la eliminación en julio de 2012 de la desgravación por compra de vivienda habitual, son muchas las Comunidades Autonómas que mantienen este beneficio fiscal, si bien en muchos casos sujetos a requisitos como límites de edad, renta o discapacidad, así como en lo relativo a la rehabilitación del inmueble, precisamente porque esta deducción fiscal se mantiene para aquellos que compraron su vivienda antes del 31 de diciembre de 2012. La deducción por alquiler, en principio, no se modifica: se mantienen en los mismos límites e importes que en 2012.

 

Precisamos algunas matizaciones por comunidades autónomas:

 

Vivienda libre

  • En Aragón, los contribuyentes menores de 36 años se desgravarán un 5% en caso de compra de primera vivienda.
  • En Andalucía, los residentes menores de 35 años y que no superen una bas eimponible de 18.000 € podrán deducirse un 3% en la cantidad abonada por la compra de vivienda habitual.
  • En Madrid, existe deducción por los costes del préstamo hipotecario si hay incremento por el alza de los tipos de interés. Asimismo, es posible desgravar un 1% por los inmuebles de nueva construcción.
  • En Canarias se mantiene la desgravación sin requisitos de edad o minusvalía, solo de renta: por compra de vivienda habitual y con unos ingresos máximos de 24.107 euros, al tiempo que en Castilla y León también sigue existiendo de manera universal, para inmuebles de nueva construcción y para aquellos contribuyentes con una base máxima de 9.040 euros. La deducción será del 7,5% durante cinco años. También lo mantiene Cataluña con un porcentaje del 7,5%.

 

Solo dos regiones establecen rebajas fiscales en el caso de tratarse de inmuebles protegidos: Andalucía y Asturias, si bien sí que permanecen en lo relativo a obras y rehabilitación de vivienda.

 

 

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